CERTIFICADO DE COBERTURA Y CONDICIONES PARTICULARES

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BIENVENIDOS A LA REGIONAL DE SEGUROS
Le agradecemos por habernos seleccionado, nos complace compartirle su póliza de accidentes personales. Valoramos mucho la confianza depositada en nosotros y le damos la bienvenida al selecto grupo de clientes que reciben nuestro servicio VIP.

Junto con esta carta, usted podrá encontrar los siguientes documentos referentes a su póliza de seguro de médico:
Le recordamos que usted dispone de un período de 15 días hábiles para revisar estos documentos a partir de la fecha de recepción de estos.

Le reiteramos nuestro agradecimiento. Como miembro de la familia de La Regional de Seguros, usted puede estar seguro de que recibirá el servicio VIP que se merece.


Saludos cordiales,



Jesus Rodriguez
Gerente Técnico
LA REGIONAL DE SEGUROS, S.A
"Regulado y Supervisado por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá."

RESUMEN DE COBERTURA
Número de póliza: 10-09-2000276-{{$user["consecutivo"]}}
Nombre Completo de Asegurado(a): {{ $user['name']." ".$user['last_name'] }}
Cedula: {{ $user['dni_text'] }}
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Correo electrónico: {{ $user['email'] }}
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COBERTURAS SUMA ASEGURADA
Muerte Accidental del Asegurado 1,500.00
Reembolso de Gastos médicos por accidente 150.00
Beneficiario del Asegurado:
Nombre completo Cedula Porcentaje
{{ $user['beneficiario_poliza_name'] }} {{ $user['beneficiario_poliza_cedula'] }} 100%
NOTA: La ASEGURADORA pagará la Suma Asegurada contratada, a los beneficiarios designados en las condiciones particulares o en su defecto a los beneficiarios legales
"Regulado y Supervisado por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá."

* Muerte Accidental del Asegurado.

En el evento que ocurra la muerte accidental del Asegurado, LA COMPAÑÍA pagará a los BENEFICIARIOS designados en las Condiciones Particulares de la póliza, el monto de la suma asegurada por esta cobertura, inmediatamente después de recibidas y aprobadas las pruebas en cuanto a que el fallecimiento del Asegurado se produjo durante la vigencia de esta cobertura, como consecuencia directa e inmediata de un accidente. Dentro de esta cobertura, se incluye la muerte por homicidio culposo o involuntario, extendiéndose a cubrir la muerte del Asegurado, siempre que sea víctima de un homicidio culposo o por que sea víctima de lesiones corporales o invalidez total o permanente por actos culposos, cualesquiera de estos eventos el que suceda primero.

* Cobertura Reembolso de Gastos Médicos por Accidente.

Se indemnizará a EL ASEGURADO hasta la Suma Asegurada mostrada en las Condiciones Particulares de la póliza por gastos y honorarios médicos, quirúrgicos, hospitalarios y farmacéuticos en que hubiere incurrido el Asegurado como consecuencia de un accidente ocurrido durante la vigencia de ésta póliza. Dichos gastos, son los gastos médicos razonables y acostumbrados del centro médico y laboratorio en los que incurra el Asegurado, estrictamente por la asistencia médica recibida. Se excluyen de este beneficio los gastos por adquisición o renta de aparatos ortopédicos distintos de muletas, tobilleras, muñequeras, sillas de ruedas y cuellos ortopédicos.

"Regulado y Supervisado por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá."